Sala II. Causa n° 28.178 “Damario,
Hugo E. y otros s/ampliación de procesamiento”.
Juzgado Federal n° 12. Secretaría n°
23.-Expte. n° 14.217/03/518-
20. Claudio Orlando Pittana: miembro
de la Policía Federal Argentina, retirado de la fuerza en el año 1981 con el
grado de Cabo, alias “Fafa”, y con los sosías de “Juan Bravo” y “Manuel
Erhardt”, integró el Sector Operaciones del G.T. 3.3.2 entre 1978 y 1983 (v.
requerimiento fiscal de fs. 16.457 vta. y el tratamiento de su situación en la causa
n° 27.523 “Pittana”, ya citada).
En este sentido, Ángel Laurenzano
refirió que hallándose privado ilegalmente de su libertad en el centro clandestino
de detención denominado “Banco” en el sector operaciones vio a Pittana, a quien
reencontró durante su ilegal permanencia en la Escuela de Mecánica de la
Armada. Carlos Gregorio Lordkipanidse, Carlos Muñoz, Enrique Mario Fukman y
Víctor Melchor Basterra se expidieron en relación al encausado así como a su
apodo “Fafá” y su intervención en los hechos de los que fueran víctimas así
como de aquéllos que damnificaran a otros detenidos, a la vez que Basterra
obtuvo una vista fotográfica de Pittana que obra en el Anexo XVII, agregado n°
27. Respecto de esto último y tal como se indicara en las causas n° 27.523 y
27.092 “Clements” ya citada, a lo largo de la investigación se ha acreditado la
existencia en el sótano del Casino de Oficiales de la Escuela de Mecánica de la
Armada, de un sector donde funcionaba una imprenta, un taller, un laboratorio
fotográfico y la oficina en la que se fabricaba toda la documentación espuria
utilizada por los integrantes del Grupo de Tareas. En tal sentido se cuenta con
el Informe Final de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas
(pág. 142 del libro “Nunca Más”) y los testimonios de Mercedes Inés Carazzo
(fs. 12.041), Alfredo Julio Margari (Legajo n° 34, fs. 2), Víctor Melchor
Basterra (v. actas mecanografiadas de la Causa n° 13/84; fs. 12.657 de los
autos principales) y Marcelo Hernández (v. fs. 1897/1899), entre otros. En ese
marco, la obtención de las vistas fotográficas formaba parte de las “tareas”
usuales del sector y resultaban necesarias para cumplimiento de la labor
falsificatoria perseguida y dentro de ese contexto, Basterra logró la obtención
de aquéllas que luego conformaran el Anexo mencionado. Habrá de responder como
partícipe necesario en la comisión del delito de imposición de tormentos -casos
n° 697), 698), 714), 878), 885)-, en forma reiterada (5 hechos), en concurso real
con privación ilegal de la libertad agravada -casos n° 633), 634), 635), 696),
699), 700), 701), 702), 703), 704), 705), 706), 707), 708), 709), 710), 711),
712), 713), 860), 877), 879), 880), 881), 884), 888), 895)-, en forma reiterada
(27 hechos), en concurso real con tormento seguido de muerte -caso n° 886)-
(arts. 2, 144 ter párr. 1° y último, 144 bis primer párrafo con el agravante
del último párrafo que remite a los incisos 1° y 5° del art. 142, ellos del
Código Penal, texto según ley 14.616, vigentes según leyes 20.642 y 23.077, arts.
45, 55 del Código Penal) por lo que habrá de confirmarse la ampliación de su procesamiento
en relación a estos hechos (art. 306 del C.P.P.N.). Asimismo y respecto de los
casos n° 715) y 716), por las circunstancias apuntadas en sus respectivos tratamientos,
habrá de adoptarse el temperamento reglado por el art. 309 del código de forma.
Causa ESMA Unificada: el Tribunal impuso 29 condenas a
prisión perpetua y otras 19 de 8 a 25 años de prisión
Finalmente, a los miembros de la Policía Federal Argentina
Juan Carlos Fotea, Claudio Orlando Pittana y Ernesto Frimón Weber se les impuso
penas de 25 años de prisión, para el primero, y de prisión perpetua a los
segundos.
Hace un mes
aproximadamente ingresó a nuestra Sala Claudio Orlando Pittana.
Asesino, represor de
la ESMA, convicto y sentenciado en la causa ESMA a prisión perpetua, fue
internado en la Unidad Penitenciaria en el predio del Muñiz, y por su gravedad
lo derivaron a nuestra terapia intensiva.
De la UTI pasó a
nuestra Sala.
Grave, recibió
atención médica hasta su último día de internación.
Murió el domingo 16,
en la noche temprana.
Sub oficial de la
policía federal, se sumó a los grupos de tareas de la ESMA, donde se lo conoció
como “el mago” o “fafá”, por su actuación en la desaparición de personas
secuestradas.
Haberlo asistido
generó no pocas conversaciones, reflexiones e intercambio de opiniones entre
mis colegas médicos.
Sin embargo, y
advirtiendo que podría haber sido una víctima de sus atrocidades, señalé que
nuestra tarea como médicos no podía quedar sujeta a la repulsión que su pasado
nos provocara.
No obstante, no
oculté mi aversión a quien torturó y asesinó a las órdenes de la dictadura
militar.
Murió en el hospital
público, asistido por trabajadores de la salud que supimos de su pasado.
La justicia había
determinado que debería cumplir su sentencia de prisión perpetua en su
domicilio, luego del alta hospitalaria. Su estado de salud fue determinante
para el cambio de lugar de detención.
Murió un asesino del
proceso.
Ni olvido ni perdón.
Luis Trombetta