domingo, 23 de diciembre de 2018

Murió un asesino


Sala II. Causa n° 28.178 “Damario, Hugo E. y otros s/ampliación de procesamiento”.
Juzgado Federal n° 12. Secretaría n° 23.-Expte. n° 14.217/03/518-

20. Claudio Orlando Pittana: miembro de la Policía Federal Argentina, retirado de la fuerza en el año 1981 con el grado de Cabo, alias “Fafa”, y con los sosías de “Juan Bravo” y “Manuel Erhardt”, integró el Sector Operaciones del G.T. 3.3.2 entre 1978 y 1983 (v. requerimiento fiscal de fs. 16.457 vta. y el tratamiento de su situación en la causa n° 27.523 “Pittana”, ya citada).
En este sentido, Ángel Laurenzano refirió que hallándose privado ilegalmente de su libertad en el centro clandestino de detención denominado “Banco” en el sector operaciones vio a Pittana, a quien reencontró durante su ilegal permanencia en la Escuela de Mecánica de la Armada. Carlos Gregorio Lordkipanidse, Carlos Muñoz, Enrique Mario Fukman y Víctor Melchor Basterra se expidieron en relación al encausado así como a su apodo “Fafá” y su intervención en los hechos de los que fueran víctimas así como de aquéllos que damnificaran a otros detenidos, a la vez que Basterra obtuvo una vista fotográfica de Pittana que obra en el Anexo XVII, agregado n° 27. Respecto de esto último y tal como se indicara en las causas n° 27.523 y 27.092 “Clements” ya citada, a lo largo de la investigación se ha acreditado la existencia en el sótano del Casino de Oficiales de la Escuela de Mecánica de la Armada, de un sector donde funcionaba una imprenta, un taller, un laboratorio fotográfico y la oficina en la que se fabricaba toda la documentación espuria utilizada por los integrantes del Grupo de Tareas. En tal sentido se cuenta con el Informe Final de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (pág. 142 del libro “Nunca Más”) y los testimonios de Mercedes Inés Carazzo (fs. 12.041), Alfredo Julio Margari (Legajo n° 34, fs. 2), Víctor Melchor Basterra (v. actas mecanografiadas de la Causa n° 13/84; fs. 12.657 de los autos principales) y Marcelo Hernández (v. fs. 1897/1899), entre otros. En ese marco, la obtención de las vistas fotográficas formaba parte de las “tareas” usuales del sector y resultaban necesarias para cumplimiento de la labor falsificatoria perseguida y dentro de ese contexto, Basterra logró la obtención de aquéllas que luego conformaran el Anexo mencionado. Habrá de responder como partícipe necesario en la comisión del delito de imposición de tormentos -casos n° 697), 698), 714), 878), 885)-, en forma reiterada (5 hechos), en concurso real con privación ilegal de la libertad agravada -casos n° 633), 634), 635), 696), 699), 700), 701), 702), 703), 704), 705), 706), 707), 708), 709), 710), 711), 712), 713), 860), 877), 879), 880), 881), 884), 888), 895)-, en forma reiterada (27 hechos), en concurso real con tormento seguido de muerte -caso n° 886)- (arts. 2, 144 ter párr. 1° y último, 144 bis primer párrafo con el agravante del último párrafo que remite a los incisos 1° y 5° del art. 142, ellos del Código Penal, texto según ley 14.616, vigentes según leyes 20.642 y 23.077, arts. 45, 55 del Código Penal) por lo que habrá de confirmarse la ampliación de su procesamiento en relación a estos hechos (art. 306 del C.P.P.N.). Asimismo y respecto de los casos n° 715) y 716), por las circunstancias apuntadas en sus respectivos tratamientos, habrá de adoptarse el temperamento reglado por el art. 309 del código de forma.

Causa ESMA Unificada: el Tribunal impuso 29 condenas a prisión perpetua y otras 19 de 8 a 25 años de prisión

Finalmente, a los miembros de la Policía Federal Argentina Juan Carlos Fotea, Claudio Orlando Pittana y Ernesto Frimón Weber se les impuso penas de 25 años de prisión, para el primero, y de prisión perpetua a los segundos. 


Hace un mes aproximadamente ingresó a nuestra Sala Claudio Orlando Pittana.
Asesino, represor de la ESMA, convicto y sentenciado en la causa ESMA a prisión perpetua, fue internado en la Unidad Penitenciaria en el predio del Muñiz, y por su gravedad lo derivaron a nuestra terapia intensiva.
De la UTI pasó a nuestra Sala.
Grave, recibió atención médica hasta su último día de internación.
Murió el domingo 16, en la noche temprana.
Sub oficial de la policía federal, se sumó a los grupos de tareas de la ESMA, donde se lo conoció como “el mago” o “fafá”, por su actuación en la desaparición de personas secuestradas.
Haberlo asistido generó no pocas conversaciones, reflexiones e intercambio de opiniones entre mis colegas médicos.
Sin embargo, y advirtiendo que podría haber sido una víctima de sus atrocidades, señalé que nuestra tarea como médicos no podía quedar sujeta a la repulsión que su pasado nos provocara.
No obstante, no oculté mi aversión a quien torturó y asesinó a las órdenes de la dictadura militar.
Murió en el hospital público, asistido por trabajadores de la salud que supimos de su pasado.
La justicia había determinado que debería cumplir su sentencia de prisión perpetua en su domicilio, luego del alta hospitalaria. Su estado de salud fue determinante para el cambio de lugar de detención.

Murió un asesino del proceso.
Ni olvido ni perdón.
Luis Trombetta