sábado, 12 de abril de 2014

Proyecto de ley salario mínimo, vital y móvil - CABA

PROYECTO DE LEY SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL CABA

Artículo 1º: Se dispone un aumento de emergencia de $ 3.000 (tres mil) en todo el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Será extensivo a todos los trabajadores de la actividad tanto estatal como privada o empresas autárquicas, sean efectivos o por cualquier modalidad de contratación registrada, no registrada o defectuosamente registrada.

Artículo 2º: El aumento dispuesto en el artículo 1º se hará efectivo también a todos jubilados y pensionados de todos los regímenes jubilatorios vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sean éstos nacionales, provinciales o de regímenes particulares de actividad, cualquiera sea su haber.

Artículo 3º: Queda establecido un salario mínimo de $ 9.000 mensuales, $ 450 la jornada y $ 52.02 la hora, en todo el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El pago de este salario mínimo es obligatorio, tanto para empresas privadas, como dependientes de la Administración Pública Nacional, de la Ciudad y todos los organismos, entidades y empresas donde estos Estados actúen como empleadores.

Artículo 4º: El salario mínimo establecido beneficia a todo trabajador mayor de dieciséis (16) años que desempeñe sus funciones en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sea su retribución mensual, jornalizada, por hora, o a través de cualquier modalidad o procedimiento.

Artículo 5º: El salario mínimo regirá para una jornada laboral de 8 horas, 40 horas semanales y 173 horas mensuales y será objeto de los aportes y contribuciones previstos en la legislación vigente. 

Artículo 6º: El salario mínimo de todos los trabajadores de la actividad tanto estatal como privada o empresas autárquicas, sean efectivos o por cualquier modalidad de contratación registrada, no registrada o defectuosamente registrada al igual que el de los jubilados y pensionados se ajustará automáticamente en forma mensual, según la variación que registre el índice de costo de vida -que elaborará una comisión formada por un integrante de cada central sindical y de una decena de sindicatos de diversas ideologías y orientaciones políticas, técnicos de la Universidad de Buenos Aires electos por sus pares así como los técnicos desplazados del INDEC o de la Dirección de Estadísticas de la Ciudad de Buenos Aires. El ajuste no tendrá lugar cuando la variación del costo de vida sea negativa.

Artículo 7º: La Comisión constituida en el artículo 6º deberá elaborar un índice real del costo de la canasta familiar que haga realidad el concepto de Salario Mínimo y Vital fijado en el artículo 116 de la Ley 20744 (y sus modificaciones) de Contrato de Trabajo, que plantea que éste deberá ser “la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin carga de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión, en las condiciones sociales y de habitat vigentes en la Ciudad. En caso de que el valor de la canasta elaborado sea superior al mínimo fijado en esta ley, el monto se actualizará en forma automática a partir de la vigencia de la presente. 

Artículo 8º: Los cuerpos de delegados y las comisiones internas sindicales fiscalizarán el cumplimiento de esta ley de salario mínimo, vital y móvil; deberá completarse la elección de delegados y comisiones internas en todos los establecimientos y reparticiones de la Ciudad, en donde no los hubiere. Estas organizaciones de trabajadores se harán responsables de efectuar las denuncias que correspondan al incumplimiento de la presente ley.

Artículo 9º: En caso de tarea insalubre, con jornada reducida de seis horas u otras, regirá el mismo importe establecido en el artículo 1º y el artículo 3º, incrementando el valor horario en la proporción correspondiente, sin afectar el total mensual establecido en esta ley.

Artículo 10°: De Forma.

FUNDAMENTOS


Sra. Presidenta:

La devaluación de la moneda, que llevó el dólar a 8 pesos, constituye un golpe feroz sobre la condición social y laboral de trabajadores y jubilados. Ello se manifestó en el aumento de precios de los productos de primera necesidad, y en la consecuente caída del salario real de los trabajadores activos y pasivos de Argentina y de nuestra Ciudad. A ello, se suma el aumento aplicado en enero de 2014 del 66% sobre el valor del transporte de colectivo en el Área Metropolitana, extendiéndose también a ciudades como Córdoba y Mendoza. Pero también el incremento de los combustibles, que alcanzó un 75% de enero de 2013 a la actualidad. Esos aumentos vinieron impuestos por los acuerdos con las multinacionales petroleras tras el confidencial pacto con Chevron, que le aseguró a estos pulpos el precio internacional de los hidrocarburos y la evolución de los precios de acuerdo al dólar, lo que ha disparado nuevos aumentos que proseguirán en marzo y abril. En nuestra Ciudad, se incorpora a ello el tarifazo sobre el subte, del orden del 80% en un lapso de cuatro meses. 
Tras la década kirchnerista, los salarios de la mitad de los trabajadores no llegan al 50% de una canasta familiar. En la Ciudad de Buenos Aires, el salario promedio, del orden de los 6700 pesos, apenas cubre el 73% de la Canasta Total que la propia Dirección de Estadísticas de CABA estimaba en diciembre pasado para un núcleo familiar típico en 9087 $. Como consecuencia de ello, se estima que unos 276.000 hogares – casi la cuarta parte de las familias de la Ciudad- soportan severos problemas de ingresos.

El anuncio de la Presidenta de la Nación de un incremento del 11,3% para los jubilados a partir del próximo mes de marzo (ya licuado, antes de percibirlo) es a todas luces una señal contra el conjunto de las aspiraciones salariales de los trabajadores, lo que ha sido confirmado con la inaceptable propuesta salarial que tanto el gobierno nacional como la mayoría de los gobernadores provinciales han ofrecido a los sindicatos docentes.
Los supuestos acuerdos de “precios cuidados”, establecidos luego del fracaso del “congelamiento” de precios, no han contenido en lo más mínimo el avance de la carestía. Su único objeto es brindar una coartada o argumento para deprimir las paritarias.

La única ancla a la inflación en el plan oficial son el salario y las jubilaciones, con sus niveles severamente por debajo de la evolución de precios, pasada, presente y futura. El ajuste es sólo para los trabajadores. La banca y los exportadores, en cambio, han hecho las mayores ganancias con la devaluación.

El gobierno nacional, en común con la Unión Industrial y las Cámaras Empresariales, pretenden paritarias anuales cuando la inflación es diaria. Se quieren imponer porcentajes de un 20 o 25% en cuotas, que consolidarían una caída de salarios y jubilaciones reales de proporciones históricas. En eso, precisamente, consiste el ajuste en marcha que rechazamos por completo. En la Ciudad de Buenos Aires, el gobierno de Macri ha fijado pautas salariales en las paritarias docentes y estatales muy por debajo de una inflación anual que no será inferior al 40%, en una Ciudad donde los trabajadores están golpeados por la feroz carestía en los alquileres, el transporte y otros servicios. Ni qué decir que los aumentos previstos no resuelven la situación de los docentes, que percibirán un salario inicial por la jornada simple que apenas cubre la mitad de la actual canasta familiar. Más grave aún es la situación de las enfermeras del hospital público, con un básico que no llega a los 2000 pesos y que obliga a la concreción de agobiantes jornadas de diez o doce horas para elevar sus ingresos. 

En oposición a la política de liquidar el salario y conquistas laborales históricas para rescatar al capital, este proyecto plantea asegurar la reproducción material y moral de la fuerza de trabajo, a costa de las megaganancias que los capitalistas realizan a costa del trabajo ajeno. Por eso, planteamos establecer un aumento de emergencia, un mínimo, vital y móvil cercano a la canasta familiar y la equiparación de la jubilación mínima a ese mínimo universal de subsistencia. A la par, mecanismos de actualización que neutralicen la inflación futura.

Marcelo Ramal Legislador Frente de Izquierda

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